archivo

Registro Civil

La Inscripción del nacimiento de una persona en el Registro Civil es el momento de determinación legal de nombre y apellidos. El nombre es de libre elección por los progenitores, correspondiendo los apellidos a los de padre y madre.

Dicho esto, ¿cabe la modificación a posteriori de nombres y apellidos de una persona? Múltiples casos pueden determinar esta elección; desde la no identificación con el nombre escogido por los progenitores a querer cambiar el orden o promover la desaparación de los apellidos de uno de ellos.

.- ¿Que requisitos marca la ley para la determinación de un nombre y apellidos?

En el caso de los nombres, y para su elección, es necesario cumplir una serie de reglas:

  • Que el nombre no puede perjudique objetivamente a la persona.
  • Que no se impongan más de dos nombres simples o de uno compuesto.
  • Que no se atribuya a un hermano el nombre de otro hermano vivo.
  • Que no hagan confusa la identificación.

Expuesto cuanto antecede, cabe el cambio de nombre en supuestos marcados, tales como 1) que se rectifique la mención registral de sexo, 2) que se adapte un nombre extranjero o la simbología gráfica o fonética a las lenguas españolas, 3) que se use otro diferente al que conste en la inscripcion de nacimiento o 4) que el escogido se hubiese impuesto con infrancción de las normas establecidas.

Por lo que respecta al cambio de apellidos,  únicamente será posible, siempre y cuando se acredite la concurrencia de una de las siguientes circunstancias:

  • Que el afectado por el cambio usa y es conocido por el apellido que solicita.
  • Que los apellidos que resulten del cambio no pertenezcan a una sola línea.
  • Que se tenga causa justa para la solicitud del cambio y no se perjudique con ello a terceras personas.

A pesar de ello, existen distintos casos excepcionales en que no será necesario la concurrencia de los requisitos mencionados anteriormente:

  • Cuando se trate de apellidos que sean contrarios al decoro o que ocasionen graves inconvenientes o cuando exista riesgo de que desaparezca un apellido español.
  • En caso en que el solicitante del cambio de apellidos sea objeto de violencia de género.

Junto con el cambio de apellidos, el interesado también podrá solicitar o bien la regularización ortográfica de los apellidos ante el Juez encargado del Registro Civil, en caso en que la escritura de los mismos no se adecúe a la gramática y fonética de la lengua española o bien proceder al cambio de orden de los apellidos, partiendo de la base de que, por regla general, será el apellido paterno el que conste en primer lugar.

Los progenitores de común acuerdo y antes de proceder a la inscripción del nacimiento del hijo bien el hijo al alcanzar la mayoría de edad. El orden acordado para el mayor de los hijos regirá en las inscripciones de los siguientes hijos de los mismos padres.

La propuesta del Gobierno respecto al Registro Civil no es sólo una reorganización del servicio, no es sólo un cambio en el modo de prestar una función fundamental para la vida moderna, es un cambio de concepción de una institución clave en el significado de nuestra sociedad.

Porque dependemos del Registro Civil para poder efectuar la mayoría de los trámites que marcan nuestra vida. Desde la expedición del DNI a la aceptación de una herencia. Desde la matrícula para una guardería a cualquier trámite a realizar ante, para y en el extranjero. Todo depende de los datos  en él introducidos en cada una de las cuatro secciones y en cada uno de sus asientos.

Porque se traspasará a manos privadas un servicio fundamental en nuestro sistema, aligerando con ello la administración pública. Un servicio fundamental en el que se manejan y trabajan con datos relacionados con la intimidad personal de cada uno, con todos y cada uno de nuestros derechos fundamentales.

El anteproyecto de Ley que prepara el gobierno tiene como principales taras el aumento de hechos registrables y la no profesionalización de las personas encargadas. Serán trabajadores privados, cuya capacidad no habrá sido demostrada en un proceso selectivo en el que únicamente se tendría en cuenta el mérito y la capacidad de los candidatos, con el agravante de manejar datos íntimos en sus quehaceres diarios.

A su vez, la aprobación de este proyecto supondrá un retroceso en el tiempo. El Registro Civil, cuya nueva Ley está pendiente de aprobación hasta 2014, está inmerso en un proceso de digitalización de datos con un coste de más de cien millones de euros.

En clave gallega, las cifras son demoledoras. Se calcula que afectará a 200 funcionarios (pues sólo se mantendrán los registros de las cuatro capitales de provincia y los de las grandes ciudades), con el consiguiente perjuicio que para los ciudadanos de a pie se producirá.

¿Es esto admisible?

Ante esto, el próximo jueves 21 se celebrará en Vigo una concentración ante este proyecto de reforma. Comenzará a las 11:30 en los exteriores de la Calle Lalín y en ella se unirán los sindicatos UGT, CCOO, CIG, USO, CSIF y STAG bajo el lema «Temos que paralos».

Porque se podrá cobrar hasta 120 euros por un matrimonio civil o 10 euros por una fe de vida.

Por todo esto yo estoy en contra del proyecto de reforma de los Registros. Porque se quiere privatizar algo que hoy es gratis y porque dejará una cuestión tan delicada como el estado civil de las personas en manos de trabajadores privados, legos y ajenos al derecho.

 

Comunifaqs

Las dudas que todos tenemos al vivir en Comunidad

Ruegos y Preguntas

BLOG #AFColegiados del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas -CGCAFE-

Vida y Ley en una Comunidad de Propietarios

Elementos comunes, mayorías suficientes, Ley de Propiedad Horizontal... ¿Cómo gestionar la vida en una Comunidad de Propietarios sin morir en el intento?

Despacho CALVO SOBRINO

Abogados especialistas en Administrativo, Urbanismo e Inmobiliario en Ourense y Vigo

Valoración Catastral

Abogados especialistas en reducir el valor catastral

ABOGADOS

Alfredo García López

Elena Arnaiz Talento & Acción

Consultora de Desarrollo de Personas y RRHH | Marca Personal y empleo |Psicóloga. Te ayudo a identificar tu talento, a ponerlo en acción y a darle visibilidad para dejar huella y conseguir tus objetivos profesionales.

Susana González Ruisánchez

Derecho Tecnológico, Ciberseguridad, SGSI, ISO27001, GDPR, LOPD, Legal Web, Compliance, Seguridad de la Información

EL BLOG DE CORTA Y PEGA DE LUIS ABELEDO

Una vez tuve una cuenta de twitter jurídica. Aquello estuvo bien.

Óscar León - Blog de la Abogacía Práctica

Blog sobre la práctica de la abogacía

Naturismo en pareja

Libertad, compartir, aceptar, vivir.

revistaecosistemasblog.wordpress.com/

Blog de la Asociación española de Ecología Terrestre (AEET)

Argumentos en Derecho Laboral

Blog coordinado por Adrián Todolí

delaJusticia.com

El rincón jurídico de José R. Chaves